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Bono de Vacaciones Sindicato Banco de Chile ¿Cómo funciona y cuándo se paga?

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Este beneficio, de nuestro convenio colectivo vigente, está diseñado para reconocer el uso efectivo del descanso de 15 días anuales y se otorga según las siguientes condiciones:


Aplicación anual

  • El bono se entrega por año calendario, es decir, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

  • El beneficio corresponde al año vigente, no a la fecha de ingreso de cada persona.

  • No se acumula de un año a otro.


Requisito obligatorio

  • Es indispensable tomar 10 días hábiles continuos de vacaciones dentro del año calendario.

  • Si no se cumple este requisito, se pierde el beneficio.


Límite anual: El bono tiene un tope de 22 UF por 15 días del año calendario.

Su pago es por 15 días corridos o dos tramos de 5 y 10 días

  • 15 días Continuos (Mar - Dic) = 22 UF

  • 15 días Continuos (Ene - Feb) = 20 UF

  • 10 días Continuos = 14 UF en toda temporada.

  • 5 días Continuos o discontinuos = 8 UF máximo.


Importante

-Si los primeros 5 días de vacaciones se toman antes de los 10 días continuos, no genera pago.

-El tramo de 5 días solo se paga si se toman después de haber cumplido los 10 días continuos.

-El monto por esos 5 días varía según el mes en que se usen:

  • 1,2 UF por día, si se toman entre enero y febrero.

  • 1,6 UF por día, si se toman entre marzo y diciembre.


Vacaciones entre años

  • Si inicias el descanso en diciembre (Año 1) y se extiende a enero (Año 2), el bono corresponde al Año 1, siempre que no haya sido otorgado previamente.


Fecha de Pago

Su pago se realiza en la remuneración del mes en que inicia el periodo de vacaciones.

Deben ser ingresadas en el Nuevo Autoservicio y autorizadas por la jefatura hasta el día 10 de cada mes para que pueda ser procesado y pagado correctamente.


Si los 5 días son discontinuos, su pago se realiza cuando se completa el 5° de día de descanso.


Mas consultas al correo hola@sindicatobancochile.cl

 
 
 

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